El Universal

Pemex vs. FGR en caso Lozoya

MARIO MALDONADO Historias de NegoCEOs mario.maldonado. padilla@gmail.com Twitter:@MarioMal

El acuerdo que se hizo entre la Fiscalía General de la República (FGR) con Emilio Lozoya Austin para ser extraditado de España a México con un criterio de oportunidad está sacando chispas en la definición del caso del exdirector general de Pemex.

Resulta que desde el área jurídica de Pemex se ha dado la indicación de no aceptar el acuerdo reparatorio que el Ministerio Público impulsa con el exdirector, toda vez que no existen condiciones legales para concretarlo, además de que el daño que Lozoya ocasionó a finanzas, estructura, operación e imagen de la empresa es casi imposible de reparar.

El lunes dimos a conocer que la representación legal de Pemex, de Octavio Romero Oropeza, fue citada la semana pasada a la FGR para sostener una reunión con el Órgano Administrativo Desconcentrado Especializado en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal, cuyo objetivo es diseñar acuerdos que procuren la reparación de los daños ocasionados a víctimas u ofendidos de delitos penales, sin necesidad de llevar los temas al ámbito judicial.

Este hecho no era otra cosa más que llevar a la práctica aquella promesa que, según los abogados de Lozoya Austin, le hiciera en julio de 2020 Alejandro

Gertz Manero al padre de Lozoya Austin, Emilio Lozoya

Thalmann, en el sentido de que obtendría “beneficios” si facilitaba el proceso de extradición, y si cooperaba para construir una denuncia en la que se señalaran actos de corrupción de políticos y exfuncionarios de administraciones pasadas. Estos personajes, 70 en total, fueron incluidos en la querella que se hizo pública un mes después del retorno del exdirector a México.

Lozoya cumplió su parte, pero para el fiscal cada día es más difícil garantizar que no pisará la cárcel, porque la información aportada contra exfuncionarios de mayor jerarquía —incluidos los expresidentes Carlos Salinas de Gortari, Felipe

Calderón y Enrique Peña Nieto— no es suficiente para configurar la figura del criterio de oportunidad, y en el que un eventual acuerdo de reparación de daños no cuenta siquiera con el consenso de las partes involucradas.

Los argumentos de Pemex para rechazar una posible conciliación se basan también en que los delitos cometidos contra la petrolera no cumplen con los requisitos que establece el Artículo 184 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual establece las soluciones alternas a un proceso ordinario que podría derivar en la extinción de la acción penal.

Dicho artículo indica que el delito susceptible de acuerdo reparatorio debe perseguirse por querella o requisito equivalente; no obstante, la mayoría de los delitos que se le imputan a Lozoya Austin, relacionados con Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, se persiguen de oficio. También resulta una complicación que la conciliación y reparación de daños solamente procede cuando existe un patrimonio y una víctima tangible a la que se le deba reparar, una situación que difícilmente podría definirse ante el inconmensurable saqueo que se hizo de Pemex la administración pasada.

El requisito al que jamás se le podrá dar cumplimiento es el referente a que los delitos en los que se acepta un acuerdo reparatorio son aquellos que están tipificados como culposos, es decir, cuando estos se cometieron sin intención. De ahí que por más que Emilio Lozoya insista que no tenía conocimiento de los manejos financieros de sus jefes, Luis Videgaray y Peña Nieto, sería una verdadera catástrofe para el sistema de justicia el que la FGR asuma los actos delictivos de Lozoya como carentes de dolo.

Lozoya cumplió, pero para el fiscal cada día es más difícil garantizar que no pisará la cárcel, porque la información aportada no configura el criterio de oportunidad

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2021-07-23T07:00:00.0000000Z

2021-07-23T07:00:00.0000000Z

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